A partir de la legalización del aborto en Veracruz y en otras entidades de la República, las acompañantas de aborto han reportado recurrentemente que el sistema local de salud atiende los casos siempre y cuando tenga condiciones para prestar el servicio a las usuarias. De no ser así, deriva los casos al IMSS, ISSSTE o Pemex, los cuales se niegan a prestar el servicio, pese a que es ley. Al parecer, la misma situación se repite con IMSS Bienestar, pues enfrenta desabasto de medicamentos y equipo médico.
El 10 de octubre de 2024, Michoacán se sumó a las 14 entidades en donde el aborto es legal en el país y con ello, al menos en papel, en México se consolida una de las exigencias más sentidas en materia de derechos humanos de las mujeres. Pese a ello, las colectivas de acompañantas feministas y organizaciones de la sociedad civil que dan seguimiento al tema reportan que es cotidiano el acompañamiento para la realización de abortos fuera del ámbito hospitalario y sin apoyo de personal médico.
De ello se deriva preocupación, confusión y desánimo por parte de las mujeres que acuden al servicio médico para interrumpir sus embarazos de manera legal y segura. Saben que es ley, pero si el sistema de salud no tiene condiciones para implementarla, sus derechos quedan a la deriva.
Sumado a ello, llama poderosamente la atención que en el último reporte del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional para la Seguridad Pública se presentan 592 carpetas iniciadas por el delito de aborto en el país. Ciudad de México, entidad que lo despenalizó desde 2007, es puntera con 131 carpetas iniciadas por este delito, seguida por Nuevo León con 127 y Estado de México con 91. ¿Son casos que salen del rango de las semanas de gestación contempladas en los códigos penales locales? ¿Por qué se sigue penalizando en el país? Bien vale la pena una reforma al Código Penal Federal.
Sin embargo, la situación que evidencian los estados de la República en donde ya se encuentra legalizado nos hace reflexionar sobre los alcances de la despenalización. Incluso cuando no se encuentra despenalizado, pero hay situaciones de excepción marcadas por el Código Penal local, como la violación o el aborto espontáneo. Hace unos días, en el estado de Querétaro un fiscal exigió una pena de tres años de cárcel para una menor de edad quien tuvo un aborto espontáneo, derivado de un embarazo producto de una violación. También se le exige a la joven un pago de medio millón de pesos a su pederasta por ser “padre del producto”.
Así las cosas, observamos que tampoco es suficiente la legalización cuando hay un sistema de salud que no ha tenido la capacidad de adecuarse a la transformación derivada de los nuevos tiempos que corren; o cuando, a través de su indiferencia, la sociedad continúa estigmatizando los cuerpos de las mujeres y su derecho a decidir.
Las acompañantas feministas de aborto constituyen una comunidad de cuidados para las mujeres que deciden abortar. En más de las ocasiones realizan su labor desde la precariedad y con recursos propios, desde la articulación entre redes y a partir de los tentáculos que les es posible extender con funcionariado e instituciones. Es un ejercicio sororo y poderoso, porque en la adversidad se mantiene pese a que la ley ha resuelto a favor de las mujeres. Las acompañantas también son el testimonio en acción que nos dice que la situación es otra.
El sistema de salud debe de hacerse cargo, la ley y las colectivas feministas han hecho su parte. Procurar que haya condiciones institucionales es también la manera de marcar la diferencia y de mostrar que llegamos todas a todos los espacios para consolidar nuestros derechos.
*Coordinadora del Observatorio Universitario de Violencias contra las Mujeres. Universidad Veracruzana.