Xalapa, Ver.- Muchas parejas sueñan con casarse pero a la hora de iniciar con los planes suelen percatarse de que es muy caro. En la actualidad una boda sencilla es una buena alternativa, pero también existe un apoyo que podría aliviar la cartera de los novios; te decimos cómo puedes solicitar la ayuda para gastos de matrimonio al IMSS.
Así es, puedes irte olvidando de los padrinos, pero mucho ojo, pues esta prestación sólo puede ser otorgada una vez y existen varios requisitos que debes cumplir para acceder a ella.
¿Qué es la ayuda para gastos de matrimonio del IMSS?
Se trata de una prestación que otorga recursos económicos a la persona asegurada que así lo solicite, solo se entrega una única vez al contraer matrimonio civil.
El dinero que el asegurado obtiene es financiado con su cuenta individual (Afore). El monto que recibe es equivalente a 30 días de salario mínimo determinado utilizando la UMA (Unidad de Medida y Actualización. Este retiro no restará semanas de cotización.
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Tanto el novio como la novia pueden solicitar este apoyo, mismo que recibirán después de celebrar la unión.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda para gastos de matrimonio al IMSS?
- No haber solicitado este apoyo con anterioridad.
- Haber contraído matrimonio civil entre el 1 de julio de 1997 a la fecha.
- Tener cotizadas por lo menos 150 semanas ante el IMSS.
- Estar activo en el IMSS (si te diste de baja tienes 90 días posteriores para solicitar esta prestación).
- Es muy importante que ninguno de los novios haya sido registrado en el seguro como cónyuges.
¿Qué documentos debo llevar para solicitar esta prestación?
- INE
- Documento que especifique el NSS del solicitante y su nombre completo, puede ser emitido por el IMSS o una Afore.
- CURP
- Copia certificada del acta de matrimonio
- Estado de cuenta del Afore
¿Dónde puedo solicitar la ayuda para gastos de matrimonio?
Para solicitar esta prestación es necesario acudir al el Servicio de Prestaciones Económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar del IMSS (en horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes).
Posteriormente, para recibir el pago correspondiente, el o los interesados deben ir a la Afore en la que se encuentren registrados.
Publicado originalmente en Diario de Xalapa