/ miércoles 19 de junio de 2024

Servicio de agua potable es para todos, aunque no lo pagues: abogado

Expone que por cuestiones de administración es que causa gastos por intubarla y potabilizarla para llevarla a los hogares, es entonces que se hace el cobro

El acceso al agua es un derecho humano, contemplado en la Constitución, por lo que se puede demandar a la autoridad cuando hay un corte aunque sea derivado de la falta de pago, sin embargo, por los cortes o tandeos, no podría darse una demanda o amparo dado que se da cuando se tiene y no se puede probar que haya dolo o mala fe para no darlo, explica el abogado David Herrera Cortes.

En el caso de los cobros excesivos por el servicio, comenta que es debatible, amerita una demanda, pero se tendría que analizar el punto.

¿Cuándo es posible demandar a la autoridad por falta de agua?

En entrevista, explica que los usuarios pueden demandar a la autoridad que ofrece el servicio, en este caso sería a la Comisión Municipal del Agua (CMAS), cuando el corte es provocado, “no importa que sea por falta de pago porque es un derecho humano, significa que el acceso al agua no debe ser supeditado a un pago”.

Sin embargo, expone que por cuestiones de administración es que causa gastos por intubarla y potabilizarla para llevarla a los hogares, es entonces que se hace el cobro, “pero sí se corta el servicio a un ciudadano sí se puede demandar a la autoridad”.


Indica que la Suprema Corte de Justicia de la nacional, a través de un juez de Distrito, que el agua debe ser suministrada aún a las personas que no pagan y por lo tanto ordena que tienen que suministrar a quienes ganen el amparo y eso ya ocurrió en el estado de Chihuahua donde la autoridad correspondiente tuvo que darles el agua.

En el caso de los actuales cortes, porque no hay agua, explica, que no procedería porque el servicio de agua no lo cortaron sino que lo “tandean” y lo volverán a restablecer cuando la haya, "significa que la autoridad no te la está negando”.

En Xalapa, expone que hay ciudadanos que han optado por cerrar avenidas porque es lo que hay para hacer presión social, “pero al final tendrán el servicio y por eso no hay materia para una demanda o amparo, no procedería”.

¿Por qué se podría demandar a CMAS?

En el caso de las personas que han denunciado cobros excesivos, opina en el caso de las personas que han denunciado cobros excesivos, opina el abogado David Herrera que procedería, pero se tendría que contratar un perito especializado que mida la cantidad de agua que reciben para hacer las cuentas de cuánto le cobran de más.

Por cuestiones de administración es que causa gastos por intubarla y potabilizarla para llevarla a los hogares, es entonces que se hace el cobro | Foto: Jesús Escamiroza / Diario de Xalapa

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El asunto es que la autoridad siempre alega que hay fugas y por eso aumentó el cobro, “en ese caso si el usuario comprueba con un perito que lo que se fuga no corresponde a lo que cobran, pues en ese caso podría proceder una demanda, pero es un tema complicado.

El tema es debatible, pero si se comprueba que el cobro no corresponde, "podría proceder en este caso, pero no por los tandeos”, concluyó.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

El acceso al agua es un derecho humano, contemplado en la Constitución, por lo que se puede demandar a la autoridad cuando hay un corte aunque sea derivado de la falta de pago, sin embargo, por los cortes o tandeos, no podría darse una demanda o amparo dado que se da cuando se tiene y no se puede probar que haya dolo o mala fe para no darlo, explica el abogado David Herrera Cortes.

En el caso de los cobros excesivos por el servicio, comenta que es debatible, amerita una demanda, pero se tendría que analizar el punto.

¿Cuándo es posible demandar a la autoridad por falta de agua?

En entrevista, explica que los usuarios pueden demandar a la autoridad que ofrece el servicio, en este caso sería a la Comisión Municipal del Agua (CMAS), cuando el corte es provocado, “no importa que sea por falta de pago porque es un derecho humano, significa que el acceso al agua no debe ser supeditado a un pago”.

Sin embargo, expone que por cuestiones de administración es que causa gastos por intubarla y potabilizarla para llevarla a los hogares, es entonces que se hace el cobro, “pero sí se corta el servicio a un ciudadano sí se puede demandar a la autoridad”.


Indica que la Suprema Corte de Justicia de la nacional, a través de un juez de Distrito, que el agua debe ser suministrada aún a las personas que no pagan y por lo tanto ordena que tienen que suministrar a quienes ganen el amparo y eso ya ocurrió en el estado de Chihuahua donde la autoridad correspondiente tuvo que darles el agua.

En el caso de los actuales cortes, porque no hay agua, explica, que no procedería porque el servicio de agua no lo cortaron sino que lo “tandean” y lo volverán a restablecer cuando la haya, "significa que la autoridad no te la está negando”.

En Xalapa, expone que hay ciudadanos que han optado por cerrar avenidas porque es lo que hay para hacer presión social, “pero al final tendrán el servicio y por eso no hay materia para una demanda o amparo, no procedería”.

¿Por qué se podría demandar a CMAS?

En el caso de las personas que han denunciado cobros excesivos, opina en el caso de las personas que han denunciado cobros excesivos, opina el abogado David Herrera que procedería, pero se tendría que contratar un perito especializado que mida la cantidad de agua que reciben para hacer las cuentas de cuánto le cobran de más.

Por cuestiones de administración es que causa gastos por intubarla y potabilizarla para llevarla a los hogares, es entonces que se hace el cobro | Foto: Jesús Escamiroza / Diario de Xalapa

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El asunto es que la autoridad siempre alega que hay fugas y por eso aumentó el cobro, “en ese caso si el usuario comprueba con un perito que lo que se fuga no corresponde a lo que cobran, pues en ese caso podría proceder una demanda, pero es un tema complicado.

El tema es debatible, pero si se comprueba que el cobro no corresponde, "podría proceder en este caso, pero no por los tandeos”, concluyó.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

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