/ miércoles 31 de julio de 2024

Modifican fechas para que gobernador y legisladores tomen protesta en Veracruz

Legisladores entrarían en funciones el 1 de septiembre y el gobernador lo haría el 30 de septiembre, estos cambios aplican para el proceso 2030-2036

En la última sesión ordinaria del Congreso local, el Pleno aprobó modificaciones a la Constitución de Veracruz para cambiar las fechas en las que tomen protesta los diputados locales y el gobernador. Sin embargo, todo aplicará para quien gobierne la entidad en el periodo 2030- 2036, no aplicará para la siguiente administración estatal a encabezar por la morenista Rocío Nahle García.

Fecha de inicio en Congreso local y gubernatura actualizada

La fecha de inicio de los legisladores será el 1 de septiembre y no el 5 de noviembre como está actualmente establecido, mientras que el gobernador iniciará actividades el 30 de septiembre en lugar del 1 de diciembre.

Por tratarse de una reforma constitucional, es necesario que esta aprobación sea avalada por al menos 107 cabildos de los 212 que se tienen en la entidad.

¿Cuándo se aplicará el cambio de fechas para inicio del Congreso local y gubernatura?

En caso de que los ayuntamientos avalen esta modificación a la ley, los cambios serán aplicados para los diputados locales que serán electos en 2027 y el titular del Ejecutivo estatal en 2030.

Esta aprobación se hizo, luego de la propuesta presentada por el diputado local de Morena Juan Javier Gómez Cazarín para modificar los artículos 21, párrafo segundo; 25, párrafo primero; 26, fracción I, inciso a); 44, párrafo primero, y 49, fracción XXI de la Constitución Política del Estado de Veracruz.

En la modificación hecha al artículo 21 se determina que la Legislatura que rendirá protesta en el año 2027, se instalará el día 1 de septiembre inmediato a la realización de las elecciones.

Con ello, la próxima legislatura iniciará funciones el 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, el cual concluirá el 15 de diciembre; sin embargo, se podrá prorrogar hasta 15 días más.

A partir del 1 de abril de cada año se desarrollará un segundo periodo de sesiones ordinarias, que concluirá el 30 de junio.

Durante los meses de enero a marzo, y de julio a septiembre, se instalaría la Diputación permanente.

Con ello, la próxima legislatura iniciará funciones el 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias | Foto ilustrativa: René Corrales / Diario de Xalapa

Con dicha modificación, además, se cambiarán los plazos de los periodos ordinarios y se impactará la fecha para la presentación de presupuesto y la glosa del informe del gobernador.

Cuando sea año de renovación conjunta del Congreso del Estado y de la gubernatura, ésta tendrá, a más tardar, hasta el día 15 de noviembre para entregarlo a los diputados locales.

“La gobernadora o el gobernador del Estado durará en su cargo seis años, con excepción del caso en que sea declarada procedente la revocación de mandato, en los términos de esta Constitución; comenzará a ejercer sus funciones el día 30 de septiembre siguiente a la fecha de su elección. El gobernador o gobernadora deberá presentar, a más tardar, el 10 de septiembre de cada año, un informe escrito acerca del estado que guarda la administración pública", se explica en el dictamen aprobado.

Además, se establece que el Congreso realizará el análisis del informe y citará a los titulares de despacho o equivalentes, quienes comparecerán y rendirán informes de las actividades realizadas.

Concluidas las comparecencias de los titulares de despacho o equivalentes, se desarrollará la comparecencia del titular del Ejecutivo estatal ante el Pleno del Congreso.

Actualmente estas actividades se desarrollan en los meses de noviembre y diciembre, pero en caso de realizar los cambios a la Constitución, éstas serán cambiadas para los meses de septiembre y octubre de cada año.

Se determina que tras esta modificación también deberán generar cambios al Código electoral, respecto del periodo de calificación de las elecciones; así como de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Legislativo para establecer los plazos legales relacionados con la presentación del presupuesto y el informe de gobierno, además de la glosa de los secretarios de despachos.

Finalmente, se establece que para que el Congreso pueda examinar y aprobar el presupuesto anual del Estado de Veracruz, el titular del Ejecutivo deberá presentar en la segunda quincena de octubre su propuesta de ingresos y egresos.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

En la última sesión ordinaria del Congreso local, el Pleno aprobó modificaciones a la Constitución de Veracruz para cambiar las fechas en las que tomen protesta los diputados locales y el gobernador. Sin embargo, todo aplicará para quien gobierne la entidad en el periodo 2030- 2036, no aplicará para la siguiente administración estatal a encabezar por la morenista Rocío Nahle García.

Fecha de inicio en Congreso local y gubernatura actualizada

La fecha de inicio de los legisladores será el 1 de septiembre y no el 5 de noviembre como está actualmente establecido, mientras que el gobernador iniciará actividades el 30 de septiembre en lugar del 1 de diciembre.

Por tratarse de una reforma constitucional, es necesario que esta aprobación sea avalada por al menos 107 cabildos de los 212 que se tienen en la entidad.

¿Cuándo se aplicará el cambio de fechas para inicio del Congreso local y gubernatura?

En caso de que los ayuntamientos avalen esta modificación a la ley, los cambios serán aplicados para los diputados locales que serán electos en 2027 y el titular del Ejecutivo estatal en 2030.

Esta aprobación se hizo, luego de la propuesta presentada por el diputado local de Morena Juan Javier Gómez Cazarín para modificar los artículos 21, párrafo segundo; 25, párrafo primero; 26, fracción I, inciso a); 44, párrafo primero, y 49, fracción XXI de la Constitución Política del Estado de Veracruz.

En la modificación hecha al artículo 21 se determina que la Legislatura que rendirá protesta en el año 2027, se instalará el día 1 de septiembre inmediato a la realización de las elecciones.

Con ello, la próxima legislatura iniciará funciones el 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, el cual concluirá el 15 de diciembre; sin embargo, se podrá prorrogar hasta 15 días más.

A partir del 1 de abril de cada año se desarrollará un segundo periodo de sesiones ordinarias, que concluirá el 30 de junio.

Durante los meses de enero a marzo, y de julio a septiembre, se instalaría la Diputación permanente.

Con ello, la próxima legislatura iniciará funciones el 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias | Foto ilustrativa: René Corrales / Diario de Xalapa

Con dicha modificación, además, se cambiarán los plazos de los periodos ordinarios y se impactará la fecha para la presentación de presupuesto y la glosa del informe del gobernador.

Cuando sea año de renovación conjunta del Congreso del Estado y de la gubernatura, ésta tendrá, a más tardar, hasta el día 15 de noviembre para entregarlo a los diputados locales.

“La gobernadora o el gobernador del Estado durará en su cargo seis años, con excepción del caso en que sea declarada procedente la revocación de mandato, en los términos de esta Constitución; comenzará a ejercer sus funciones el día 30 de septiembre siguiente a la fecha de su elección. El gobernador o gobernadora deberá presentar, a más tardar, el 10 de septiembre de cada año, un informe escrito acerca del estado que guarda la administración pública", se explica en el dictamen aprobado.

Además, se establece que el Congreso realizará el análisis del informe y citará a los titulares de despacho o equivalentes, quienes comparecerán y rendirán informes de las actividades realizadas.

Concluidas las comparecencias de los titulares de despacho o equivalentes, se desarrollará la comparecencia del titular del Ejecutivo estatal ante el Pleno del Congreso.

Actualmente estas actividades se desarrollan en los meses de noviembre y diciembre, pero en caso de realizar los cambios a la Constitución, éstas serán cambiadas para los meses de septiembre y octubre de cada año.

Se determina que tras esta modificación también deberán generar cambios al Código electoral, respecto del periodo de calificación de las elecciones; así como de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Legislativo para establecer los plazos legales relacionados con la presentación del presupuesto y el informe de gobierno, además de la glosa de los secretarios de despachos.

Finalmente, se establece que para que el Congreso pueda examinar y aprobar el presupuesto anual del Estado de Veracruz, el titular del Ejecutivo deberá presentar en la segunda quincena de octubre su propuesta de ingresos y egresos.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

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