De esta forma se podrá participar en consulta del domingo

El Conteo Rápido y los Cómputos Distritales se efectuarán desde la misma noche de la jornada del primero de agosto, conforme vayan llegando los paquetes a las 300 juntas distritales del INE

Celia Gayosso | Diario de Xalapa

  · miércoles 28 de julio de 2021

Foto: David Bello | Diario de Xalapa

Xalapa, Ver.- La consulta popular que se llevará a cabo el próximo primero de agosto está siendo organizada por el Instituto Nacional Electoral, órgano que, en su página informa que quienes deseen emitir su voto deberán tener credencial para votar con fotografía vigente y no estar suspendido/a en sus derechos políticos.

Los resultados de esta consulta se difundirán en distintos momentos mediante la página de internet del INE, redes sociales institucionales y en el Diario Oficial de la Federación.

Foto: David Bello | Diario de Xalapa

La boleta que recibirán los ciudadanos en las 57 mil mesas que serán instaladas en todo el país contendrá una breve descripción del tema, la pregunta aprobada en la convocatoria emitida por el Congreso de la Unión, cuadros para votar “Sí” o “No”, la entidad, distrito y municipio o alcaldía donde se emite el voto, así como las firmas del presidente del Consejo General del INE y de su secretario ejecutivo.

Las mesas receptoras estarán integradas por ciudadanos y ciudadanas que participaron como funcionarios y funcionarias de casillas en las pasadas elecciones del 6 de junio. A ellos les corresponderá recibir y contar las papeletas.

En su página, el INE explica que los resultados de la Consulta Popular serán obtenidos de los cómputos realizados por las juntas distritales, así como que corresponderá al Consejo General del Instituto realizar el cómputo total y hacer la declaratoria de resultados y validez de la Consulta Popular. Será también responsabilidad del Consejo General dar a conocer los resultados finales de la consulta e informar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los resultados serán vinculatorios para los poderes Legislativo y Ejecutivo federales cuando el INE indique que la participación total en la Consulta Popular sea de, al menos, el 40 por ciento de los ciudadanos y ciudadanas inscritos/as en la Lista Nominal de Electores.

Las juntas distritales del INE realizarán el cómputo de las actas a partir de la llegada del primer paquete desde las mesas receptoras a la sede de la Junta Distrital. Concluirá hasta que se reciba y compute el último paquete.

En las 48 horas siguientes a la conclusión de los cómputos distritales, el secretario ejecutivo del INE dará a conocer el resultado al Consejo General del Instituto.

El Consejo General realizará el cómputo total y la Declaratoria de Resultados 72 horas después de que el secretario ejecutivo le proporcione la información de los cómputos distritales.

Los resultados finales del cómputo nacional serán dados a conocer una vez transcurrido el periodo para impugnaciones y, en su caso, una vez resueltas las resoluciones de la autoridad judicial electoral a nivel federal (el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación).

La Consulta Popular contará con observadores acreditados por el INE, pero no con representantes de partidos políticos presentes en las mesas receptoras de votación.

No habrá un Programa de Resultados Electorales Preliminares; sin embargo, el Conteo Rápido y los Cómputos Distritales se efectuarán desde la misma noche de la jornada del primero de agosto, conforme vayan llegando los paquetes a las 300 juntas distritales del INE, y se habilitará un micrositio en el que la ciudadanía podrá dar seguimiento en tiempo real a los cómputos.

Los resultados de esta consulta se difundirán en distintos momentos mediante la página de internet del INE, redes sociales institucionales y en el Diario Oficial de la Federación.

LEER MÁS: Amigos de Alejandra Orozco cuentan cómo vivieron la medalla

Los ciudadanos que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la consulta popular mediante los mecanismos que al efecto determine el Instituto, conforme a lo dispuesto en la Ley General.