Xalapa, Ver.-El abogado Arturo Nicolás Baltazar aseveró que las salas microrregionales estuvieron mal planeadas, ya que no cuentan con las herramientas necesarias para la realización de audiencias.
En conferencia de prensa, consideró que la construcción de estos espacios sí se tiene que investigar a fondo, pues, presuntamente, hubo un desvío de recursos considerable.
Al respecto, expuso que hace ocho meses le tocó llevar una audiencia en la sala microregional de Álamo, "estábamos con una sensación térmica de casi 40 grados, no había aire acondicionado, no había cámaras y el audio era inadecuado", dijo.
Además, dijo, que la Jueza que estuvo en la audiencia debía resolver asuntos de naturaleza mercantil, civil y penal, por lo que ante su falta de experiencia las resoluciones no eran lo que los abogados y justiciables esperaban.
El abogado reconoció que era necesaria una reingeniería en el Poder Judicial; sin embargo, se debió planear una estrategia para llevarla a cabo porque ante la desaparición de Juzgados la administración de justicia podría verse afectada.
Si estamos hablando de justicia hay que ser cuidadosos porque en Veracruz existe un anhelo de justicia, estamos muy atrasados en materia de administración de justicia y eso impacta
El abogado solicitó al Congreso local analizar y aprobar la iniciativa presentada por el diputado Rubén Ríos Uribe para reformar el artículo 137 del Código Penal, a fin de emitir penas para quien agreda a una mujer, niña o a cualquier persona utilizando sustancias corrosivas o inflamables, ácidos u otras, atenta directamente contra la dignidad de la víctima y su derecho humano a una vida libre de violencia, además de causar un daño permanente en todos los aspectos de su vida.
Refirió que este tipo de actos no están establecidos en el Código Penal, por lo que es necesario que, de cometerse, quedan impunes.
Recordó que meses atrás en el municipio de Colipa una mujer fue agredida por la expareja de su actual pareja, pero no se cuenta con una pena establecido para ello.
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“El tipo penal básico se mantiene intacto para que si una mujer agrede a otra pueda ser sancionada, mientras que el tipo penal derivado viene a agravar la conducta. Si el Ministerio Público integra una carpeta de investigación por este tipo de casos agregando las circunstancias calificativas, por ejemplo: premeditación, la pena que se puede imponer en caso de aprobarse es de hasta 32 años, sería una pena considerable que viene a abonar a la política criminal de prevención del delito porque se regularía este tipo de conductas”, agregó.