/ jueves 20 de diciembre de 2018

Proponen que “moches” se castiguen con cárcel

El gobernador del estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso Local una propuesta para modificar el Código Penal de Veracruz

El gobernador del estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso local una propuesta para modificar el Código Penal de Veracruz, a fin de calificar como delito la “remuneración ilícita” que los servidores públicos reciban.

En el proyecto se establece que un servidor público que reciba, obtenga o se beneficie dolosamente de un pago o remuneración en exceso y no autorizado al sueldo o salario que le corresponde cometerá un delito, debido a que esta acción contraviene a la dispuesto en la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del artículo 82 de la Constitución Política local.

La propuesta del mandatario estatal señala la adición de un Capítulo X Bis denominado “Del pago y recibo indebido de remuneraciones de los servidores públicos”, dentro del actual Título XVII (“Delitos por hechos de corrupción”), además de incluir en el mismo los correlativos artículos 328 Bis y 328 Ter para tipificar dicha conducta y el hecho que se enuncia

En la propuesta se especifica que será acreedor de una medida punitiva quien apruebe o refrende el pago o suscriba el comprobante, cheque, nómina u orden de pago, dé una remuneración, retribución, jubilación, pensión, haber de retiro, liquidación por servicios prestados, préstamo o crédito no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la normativa.

Ante ello se determina que si el beneficio otorgado u obtenido es superior al equivalente de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), establecido en el momento en que se comete el delito se recibiría una pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 200 a 600 veces de la UMA.

En caso de que la acción supere las 500 UMAS el servidor público recibirá una sanción de seis meses a tres años de prisión y multa de 600 a mil cien veces de dicha unidad. Si supera las mil UMAs serían de tres a cinco años de prisión y multa de mil cien a 3 mil cien veces dicha unidad, y si es mayor a las 3 mil UMAs le corresponderían de cinco a 14 años de prisión y multa de 3 mil cien a 5 mil veces dicha unidad.

En el documento se indica que los diferentes casos, procedería la destitución y la inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos de seis meses a diez años.

El gobernador del estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso local una propuesta para modificar el Código Penal de Veracruz, a fin de calificar como delito la “remuneración ilícita” que los servidores públicos reciban.

En el proyecto se establece que un servidor público que reciba, obtenga o se beneficie dolosamente de un pago o remuneración en exceso y no autorizado al sueldo o salario que le corresponde cometerá un delito, debido a que esta acción contraviene a la dispuesto en la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del artículo 82 de la Constitución Política local.

La propuesta del mandatario estatal señala la adición de un Capítulo X Bis denominado “Del pago y recibo indebido de remuneraciones de los servidores públicos”, dentro del actual Título XVII (“Delitos por hechos de corrupción”), además de incluir en el mismo los correlativos artículos 328 Bis y 328 Ter para tipificar dicha conducta y el hecho que se enuncia

En la propuesta se especifica que será acreedor de una medida punitiva quien apruebe o refrende el pago o suscriba el comprobante, cheque, nómina u orden de pago, dé una remuneración, retribución, jubilación, pensión, haber de retiro, liquidación por servicios prestados, préstamo o crédito no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la normativa.

Ante ello se determina que si el beneficio otorgado u obtenido es superior al equivalente de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), establecido en el momento en que se comete el delito se recibiría una pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 200 a 600 veces de la UMA.

En caso de que la acción supere las 500 UMAS el servidor público recibirá una sanción de seis meses a tres años de prisión y multa de 600 a mil cien veces de dicha unidad. Si supera las mil UMAs serían de tres a cinco años de prisión y multa de mil cien a 3 mil cien veces dicha unidad, y si es mayor a las 3 mil UMAs le corresponderían de cinco a 14 años de prisión y multa de 3 mil cien a 5 mil veces dicha unidad.

En el documento se indica que los diferentes casos, procedería la destitución y la inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos de seis meses a diez años.

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