ORIZABA, Ver.- La nulidad de documentos oficiales en trámites como el divorcio procedería si éste se promovió más de tres años atrás, explicó el abogado Juan Oropeza Flores, vicepresidente del Colegio de Abogados Orizaba Altas Montañas.
Ejemplificó: “En un divorcio que se promueve ante el Juzgado, a mí me dan la resolución junto con el oficio para que se decrete el divorcio ante el Registro Civil, pero las personas interesadas en sacar su acta no van y dejan pasar el tiempo; retomar el trámite años después sí implicaría necesariamente la actualización de los documentos”, apuntó.
Esto, refirió, representa un costo extra a la persona que realiza el trámite y no es económico, pues actualizar cada copia certificada de documentos ante el Juzgado tiene un costo de 24 pesos, “y si es una resolución de 30 hojas, el gasto es fuerte, independientemente del trámite ante el juzgado, que no lo hace la persona sino el abogado, y él va a cobrar”, apuntó.
Esa medida, dijo, va en detrimento de la economía de la persona interesada, y que, de la noche a la mañana, un funcionario nada más porque no le gusta hacer un trámite con documentos que no están actualizados, perjudica al justiciable o al interesado, pues cada año el Registro Civil.
Señaló que hasta ahora ningún integrante del Colegio de Abogados y ninguno independiente ha manifestado que en las oficialías del Registro Civil del Distrito de Orizaba se les exija la actualización de documentos oficiales.
“Si llegase a suceder, lo primero que tenemos que hacer como Colegio es sentarnos con los oficiales que lo estén haciendo para que nos expliquen en qué sentido piden esa actualización y a qué tiempo”, concluyó.
SOLO UN JUEZ PODRÍA INVALIDAR UN DOCUMENTO: ABOGADO
CÓRDOBA, Ver.- “El único que puede invalidar un documento oficial es un juez, en los registros civiles y dependencias no podría pasar pues se estaría violentando un derecho humano así como restar valor a lo ya expedido por otra autoridad”, manifestó Pablo Martínez Rodríguez, asociado del Colegio de Licenciados en Derecho de Córdoba con la cartera de Honor y Justicia.
Manifestó que a pesar de que un documento existe desde 1950 este no pierde vigencia llegando a la conclusión de que la expedición de documentos como actas de nacimiento o de matrimonio es un trámite meramente recaudatorio.
“Son documentos oficiales desde el momento que son expedidos, no puede haber obstáculo de vigencia bajo ningún fundamento, habría que pedir en que se fundamentan los entes para pedir que los documentos sean actualizados o mejor dicho qué dependencia pide esos datos actualizados”.
Por su parte, Norman Jiménez Ramírez, coordinador regional del Registro Civil de Córdoba Veracruz, manifestó que las actas de nacimiento actualizadas se encuentra en una plataforma a nivel nacional para ser descargadas en línea, “al estar el documento en la plataforma quiere decir que la CURP está vinculada con el acta de nacimiento y aunque esté registrado en la ciudad puedo pedirla en México o Puebla siempre y cuando tengan el sistema, cuando no se encuentre el documento se debe de acudir a la oficialía donde se registraron para pedir se haga, esto es gratis”.
El entrevistado dijo existen dependencias donde piden actas certificadas como el trámite de pasaportes, con el SAT e IMSS; las actas del Sistema Integral de Impresión de Actas (SIDEA) vienen firmadas por el director general del Registro Civil son debidamente válidas en dependencias públicas o privadas mismas que no tienen vigencia o fecha de caducidad recibiéndolas en cualquier oficina de gobierno, pública o privada.
“No encontramos con la realidad de que algunas dependencias no las hacen válidas porque vienen en una hoja simple, estás actas tienen plena validez, no es necesario acudir al registro civil, las ventajas tecnológicas para las actas son muchas solo que nos acostumbramos a tener las actas en formato valorado, ahorita debemos de actualizarnos”.
Dijo que las actas están expedidas por el Registro Civil, existe una jurisprudencia donde dice que las actas de nacimiento que se descargan del SIDEA tiene validez, no pierden vigencia, “nos dicen que en tal banco o dependencia no las aceptan, pero ellos pueden hacer la consulta con su departamento jurídico viendo que son válidas, nos acostumbramos a la hoja larga”.
Con información de Guadalupe Castillo | El Sol de Córdoba
Ilegal condicionar a parejas que tramitan divorcio
VERACRUZ, Ver.- Abogados alertaron que es ilegal que en el Registro Civil se condicione a las parejas que tramitan un divorcio a presentar documentos actualizados con una vigencia de expedición del mismo mes en el que realizan el trámite.
Braulio Terán, miembro del Colegio de Abogados de Veracruz, asevera que el Registro Civil no puede establecer requisitos que no están contemplados en la ley, ya que se estaría extralimitando en sus funciones e incurriendo en un acto inconstitucional.
Esto al referirse a las quejas que se han estado dando últimamente contra algunas oficinas de Registro Civil de la entidad como Coatzacoalcos que están solicitando que la documentación como acta de matrimonio y de nacimiento, sean actualizada con fecha del mismo mes del trámite, además de que se pide CURP certificada.
“Lo cierto es que esas solicitudes son ilegales, las autoridades no pueden pedir mayores requisitos que los que la propia ley establece, poner a modo situaciones donde ellos quieren que se les facilite e incluso que se les lleve a cabo el trabajo prácticamente a ellos es una violación de los derechos de los justiciables”, asevera el abogado.
En ese sentido, Braulio Terán recomienda a las personas que encuentren esta condicionante formalicen su queja ante las oficinas del Registro Civil del Estado, en donde se deberá de remitir el aviso a los encargados de los municipios que incurran en estas prácticas.
“El justiciable debe cumplir únicamente y ya el oficial del Registro Civil está abusando, está extralimitando sus funciones y está pidiendo requisitos de más, es completamente ilegal lo que está haciendo”, sostiene.
SOLICITUD, ABSURDA
Y es que el abogado también afirma que se está incurriendo en la solicitud de documentación de manera absurda, ya que se solicitar la Clave Única de Registro de Población certificada, cuando dicho documento se encuentra disponible en internet con un trámite a cargo de la Secretaría de Gobernación.
“Es absurdo pedir el CURP certificado, no puede ser certificado, porque es un documento que expide la Secretaría de Gobernación, que se baja de internet, no se puede certificar, eso ya es un abuso pedir requisitos que no existen”, puntualiza Braulio Terán.
Te puede interesar: En pocos días se definirá extradición de Karime N
Para el litigante, esta práctica que se busca imponer en el Registro Civil pretende aletargar los procedimientos de divorcios, ya que estos han ido en aumento durante la pandemia de Covid-19 y exigido mayor trabajo a los responsables.
No obstante, también afirma que se trata de un derecho de los ciudadanos y las instituciones encargadas deben de dar curso de manera pronta y conforme lo dicta la Ley.
Con información de Danytza Flores | Diario de Xalapa