Redacción OEM Con información de Notimex
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocer elamparo en revisión que solicitó Diego Cruz Alonso contra el autode formal prisión que se le dictó por su probable responsabilidaden la comisión del delito de pederastia.
Durante la sesión de este miércoles, la Primera Saladel Alto Tribunal consideró que el caso del presuntopederastaporque no guarda interés y trascendencia. Diego Cruz fueseñalado entre los cuatro jóvenes violadores conocidos como LosPorkys.
La Corte resolvió por mayoría devolver el amparo alSegundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruzpara que determine lo que corresponda.
El expediente fue turnado a la ministra Norma PiñaHernández, quien presentó un proyecto de resolución en el queplanteó que la Corte no debía ejercer su facultad de atraccióndel amparo en revisión 401/2017.
En el caso, la noche del 2 de enero de 2015, cuatroamigos de familias adineradas de Veracruz, entre ellos, Diego Cruz,obligaron a una menor a subir a un auto donde presuntamente elacusado abusó de ella.
El 8 de febrero de 2017, Diego Cruz Alonso solicitóel amparo contra el auto de formal prisión del 23 de enero de2017, emitido en la causa penal número 83/2016 del Juzgado Tercerode Primera Instancia en Materia Penal, en Veracruz, por la probablecomisión del delito de pederastia.
El 22 de marzo de 2017, el Juzgado Tercero de Distritoen el Estado de Veracruz resolvió conceder el amparo al quejoso,por considerar que no se encuentran acreditados los elementos deldelito de pederastia ni su probable responsabilidad.
Lo anterior, a fin de restituir al quejoso en el gocey disfrute del derecho humano violado.
El amparo otorgado es para el efecto de que laautoridad responsable, el juez tercero de Primera Instancia conresidencia en Veracruz, deje insubsistente el auto de formalprisión dictado el 23 de enero del año pasado.