/ viernes 5 de enero de 2018

INE ordena al PRI suspender spots de José Antonio Meade

Respecto a los actos anticipados de campaña también se declaró la improcedencia de la medida

Como medida cautelar, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al PRI, en un plazo no mayor a seis horas, suspender la pauta en spots de José Antonio Meade Kuribreña, por uso indebido.

 

 

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a José Antonio Meade Kuribreña que en un plazo no mayor a seis horas, sustituya ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, los promocionales titulados “AÑO NUEVO V2” y“AÑO NUEVO” en sus versiones para televisión y radio, únicamente por cuanto hace a la pauta local.

 

 

En sesión extraordinaria, las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como el Consejero Benito Nacif determinaron –por unanimidad- considerar procedente la medida cautelar, en razón de que, bajo la apariencia del buen derecho, el partido denunciado incluyó, indebidamente, en la pauta local promocionales correspondientes a la elección federal, en detrimento de la equidad en la contienda, siendo que los partidos políticos deben usar su tiempo asignado para cada tipo de elección en particular.

 

 

En cuanto hace al spot difundido en radio en nueve entidades y cuya vigencia concluyó el 2 de enero de este año, se declaró improcedente la adopción de medidas cautelares por tratarse de actos consumados de modo irreparable transmitidos en periodo de campaña federal.

 

 

Finalmente, respecto a los actos anticipados de campaña también se declaró la improcedencia de la medida, por tratarse de promocionales en los que no se advierte un llamado a votar a favor o en contra de determinado partido político o candidato.

Como medida cautelar, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al PRI, en un plazo no mayor a seis horas, suspender la pauta en spots de José Antonio Meade Kuribreña, por uso indebido.

 

 

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a José Antonio Meade Kuribreña que en un plazo no mayor a seis horas, sustituya ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, los promocionales titulados “AÑO NUEVO V2” y“AÑO NUEVO” en sus versiones para televisión y radio, únicamente por cuanto hace a la pauta local.

 

 

En sesión extraordinaria, las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como el Consejero Benito Nacif determinaron –por unanimidad- considerar procedente la medida cautelar, en razón de que, bajo la apariencia del buen derecho, el partido denunciado incluyó, indebidamente, en la pauta local promocionales correspondientes a la elección federal, en detrimento de la equidad en la contienda, siendo que los partidos políticos deben usar su tiempo asignado para cada tipo de elección en particular.

 

 

En cuanto hace al spot difundido en radio en nueve entidades y cuya vigencia concluyó el 2 de enero de este año, se declaró improcedente la adopción de medidas cautelares por tratarse de actos consumados de modo irreparable transmitidos en periodo de campaña federal.

 

 

Finalmente, respecto a los actos anticipados de campaña también se declaró la improcedencia de la medida, por tratarse de promocionales en los que no se advierte un llamado a votar a favor o en contra de determinado partido político o candidato.

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