Tribunal suspende investidura de Puigdemont como presidente de Cataluña

Autoridades explicaron que no podrá proceder si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión

AFP

  · sábado 27 de enero de 2018

Foto: Reuters

El Tribunal Constitucional (TC) español acordó hoy por unanimidad suspender el debate de investidura de Carles Puigdemont como presidente de la región de Cataluña, previsto para el día 30, en el supuesto de que el Parlamento autonómico acuerde que sea a distancia y no presencial.

El martes próximo por la mañana se reunirá la Mesa del "Parlament" catalán para decidir cómo se desarrollará el debate por la tarde (14.00 GMT), en el que el independentista Puigdemont es el candidato a presidente autonómico.

Los independentistas tienen mayoría en esa Cámara, lo que garantiza que su candidato sea elegido, pero Puigdemont y sus colaboradores vienen manejando fórmulas para un debate a distancia, bien a través de videoconferencia o porque otro diputado lea el discurso del candidato.

El Gobierno español formalizó ayer un recurso contra la posibilidad de que Puigdemont sea candidato a distancia, ya que está huido en Bruselas desde finales de octubre, donde elude la acción de la Justicia española por los delitos de rebelión y sedición por su impulso al proceso secesionista.

La reunión de hoy de los magistrados del TC, extraordinaria y de urgencia, registró posturas divididas, de modo que buscaron una fórmula de consenso, alcanzada de manera unánime después de seis horas de debate interno.

Lo que ha hecho hoy el TC es aprobar una medida cautelar y, al mismo tiempo, aplazar su decisión sobre la admisión a trámite del recurso, que hubiera podido conllevar la suspensión del pleno en el Parlamento catalán del 30 de enero.

Aplaza esa decisión hasta oír a todas las partes y haber resuelto las dudas planteadas acerca de la admisibilidad o no del recurso del Ejecutivo español, que contaba con un dictamen desfavorable del Consejo de Estado, un órgano consultivo no vinculante.

La decisión cautelar de los magistrados del Constitucional va acompañada de un requerimiento en el que advierten de que su decisión debe ser obedecida por la Mesa del Parlamento catalán, que es su órgano rector.

La medida adoptada por el TC deja ahora la responsabilidad en la Mesa de la Cámara autonómica, cuyo presidente, Roger Torrent (ERC, izquierda republicana independentista), había insistido este viernes en mantener el pleno del martes 30 con Puigdemont de candidato.

La fórmula cautelar permite mantener el consenso demostrado hasta ahora por el TC en relación con el conflicto en Cataluña, ya que los magistrados siempre han sido unánimes en rechazar por ilegales todos los pasos del proceso secesionista.

El punto culminante fue la aprobación por el "Parlament" de una declaración unilateral de independencia, ilegal, el pasado 27 de octubre.

Esa aprobación llevó al Gobierno español, ese mismo día, a destituir a todo el Gabinete de Puigdemont y a convocar elecciones autonómicas que tuvieron lugar el 21 de diciembre.

En esos comicios de hace poco más de un mes los partidos independentistas lograron 70 de los 135 escaños de la Cámara regional, aunque la victoria fue para Ciudadanos, fuerza defensora de la unidad de España y de la Constitución, con 36 diputados.

Pocos minutos después de conocer la providencia del TC, fuentes del Gobierno español aseguraron que la decisión judicial permite evitar una "burla" a la ley, al Parlamento de Cataluña y al resto de grupos políticos de la cámara.

Por su parte, el propio Puigdemont reaccionó a través de twitter y dijo que la decisión judicial supone que el Tribunal "ha rechazado el fraude de ley" que a su juicio pretendía el Gobierno con su recurso.

"Más de uno debería pensar en rectificar y hacer política de una vez. Y si no es capaz, de irse y dejar paso", añadió el dirigente independentista.

De este modo, si Puigdemont quiere cumplir con la ley tendrá que acudir personalmente a Barcelona a defender su candidatura en el debate.

En ese caso podría ser detenido, en aplicación de la orden de un juez del Tribunal Supremo, para responder por los presuntos delitos de rebelión, sedición y malversación cometidos en el proceso secesionista.

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